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Argentina: Empresas recuperadas
– Un avance en la legislación
Héctor
Polino
El 1º de Junio de este año el
senado nacional aprobó la media
sanción de la Cámara de
Diputados que modifica la Ley Nº
24.522 de concursos y quiebras,
favoreciendo la continuidad de
la explotación de las empresas
en situación de crisis por los
trabajadores de las mismas que
se organicen en cooperativas de
trabajo.
La sanción de la Ley Nº 26.684,
tuvo origen en el Proyecto de
Ley del Poder Ejecutivo Nacional
del año 2010. Pero a su vez, ese
proyecto del P.E.N., se inspiró
en un proyecto de Ley de mi
autoría del año 2000, que
incluso fue aprobado por la
Cámara de Diputados de la
Nación. Luego pasó al senado y
allí perdió estado
parlamentario.
En la sesión de 1º de junio de
este año que llevó a cabo el
senado nacional, la senadora
Negre de Alonso en su carácter
de miembro informante de las
comisiones que trataron el tema
señaló: "En 2002 se hacen dos
reformas en este congreso en
enero y mayo. En mayo de 2002 el
diputado Polino incorpora por
primera vez la figura de la
Cooperativa de Trabajo a la ley
de concursos y quiebras.
"En el año 2004 su proyecto fue
sancionado por la Cámara de
Diputados y se estuvo a punto de
votarlo en el senado pero
caducó. Muchas de las
iniciativas presentadas por el
Poder Ejecutivo el año pasado
(2010) fueron tomadas del
proyecto del diputado Polino.
Hoy estamos tratando este tema
que modifica la ley desde tres
puntos de vista: en el concurso
preventivo, en el salvataje o
Crawdown de la empresa y en la
quiebra"
Luis Bruschtein en una nota de
su autoría, publicada en Página
12, el 16 de abril de 2011 con
el título "El Proyecto", dice lo
siguiente:
"También fue aprobada una
modificación a la ley de
quiebras para que los
trabajadores de las empresas
quebrantadas tengan un lugar de
preferencia entre los acreedores
y estén habilitados para
adquirirlas y mantenerlas
funcionando. En los años 90
cerraron decenas de fábricas,
algunas de ellas mantenidas en
actividad por sus trabajadores.
En 2002, cuando el proceso de
quiebras se había multiplicado
por las crisis y florecían en
forma espontánea las empresas
recuperadas, el diputado
socialista Héctor Polino
presentó un proyecto similar que
fue cajoneado sin piedad pese a
que más de diez mil familias
dependían de la norma. El tema
ni siquiera había podido ser
discutido durante el gobierno de
la Alianza, del que formaba
parte también el socialismo.
La propuesta de Polino era
recibida en el ambiente político
como subversiva. Finalmente,
esta semana fue aprobada por
unanimidad. Resulta increíble
que una norma que despertó tanta
oposición en el momento en que
más se la necesitaba, ahora sea
aprobada como si fuera un saludo
a la bandera. En el camino
quedaron miles de trabajadores
que no pudieron defender sus
empresas porque la legislación
vieja les negaba ese derecho
solamente por una cuestión
cultural de clase, con
legisladores y empresarios
ridículamente obnubilados por la
pesadilla de que se pudiera
disparar una plaga de
ocupaciones o por el temor a que
los obreros demostraran
eficiencia en un lugar que no
les corresponde, en un orden
social que visualizan
estructurado en castas."
Las reformas introducidas por la
nueva ley en síntesis consisten
en lo siguiente: en la etapa
concursal permite que los
trabajadores constituyan un
comité de control y puedan
intervenir para estar informados
de lo que sucede en esa etapa
para evitar los recurrentes
vaciamientos.
El artículo 48bis, está
relacionado con el salvataje o
Crawdown, que les permite a los
trabajadores salvar la empresa
de la quiebra, mediante la
constitución de una cooperativa
de trabajo haciendo valer las
indemnizaciones a las que tienen
derecho, comprando las acciones
de la misma. Las indemnizaciones
deben ser plenas, es decir, el
100% a las que tienen derecho.
Con anterioridad a la reforma a
la ley de concursos y quiebras,
el problema consistía en que los
trabajadores carecían de dinero
en efectivo para comprar las
acciones, y que solamente se les
reconocían por el artículo 251
de la ley de contrato de trabajo
el 50%, mientras a los bancos y
acreedores prendarios e
hipotecarios se les reconocía el
100% de sus créditos.
Además ahora, se suspenden hasta
dos años las ejecuciones
prendarias e hipotecarias.
Esto son algunos de los avances
logrados con la nueva ley,
lástima que hubo que esperar más
de 10 años para que la misma se
convierta en realidad.
A partir de ahora, el movimiento
de empresas recuperadas toma un
nuevo impulso, y el desarrollo
de la autogestión coloca a
nuestro país a la vanguardia en
el mundo. Prueba de ello, son
las numerosas visitas que
llevaron a cabo en los últimos
tiempos profesores y estudiantes
de universidades de los Estados
Unidos de Norte América, Europa
y Japón, que han venido a
estudiar este nuevo fenómeno de
trabajadores que se hacen cargo
de la producción de
establecimientos tanto de la
actividad industrial como de
servicios, quebrados por una
mala gestión de sus dueños.
De esa manera, los trabajadores,
salvan la empresa, conservan sus
fuentes de trabajo, posibilitan
el pago de las deudas, y
benefician al conjunto de la
sociedad.
La autogestión constituye una
forma superior de la
organización del trabajo, porque
coloca a los trabajadores en
dueños de su propio destino.
Gentileza:: Hector Polino
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