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Los rasgos comunes que
presentan el acoso sexual y el
acoso psicológico en el trabajo
Patricia
Barbado
La vida no es lineal ni
simple; muestra las vicisitudes
y arrugas que producen los
episodios de la convivencia.
Augusto M. Morello
1.- Introducción.-
En este reciente fallo de la
Sala 2ª de la Cámara Nacional
del Trabajo dictado el 6.3.07 en
la causa "S., S .G. v. Grupo
Ilhsa S.A. y otro" que motiva
este comentario, los jueces
Miguel Maza y Graciela González,
consideraron justificado el
despido del subgerente que había
acosado sexualmente a las
trabajadoras que dependían de
él. Para decidir de esta manera,
juzgaron que su comportamiento
configuró una injuria grave, ya
que se encontraba con mayores
responsabilidades de conducta y
prestación por la posición que
tenía .
El vocal preopinante entendió
que el empleado representaba de
algún modo al empleador frente a
sus subordinados, dado su
carácter de superior jerárquico,
por lo que concluyó que su
accionar había comprometido
gravemente la responsabilidad de
la empresa, lo cual no consentía
de ningún modo la consecución
del vínculo laboral.
Un pasaje del voto del Dr. Maza
alude concretamente al hecho de
que las pruebas revelaron que el
asedio no sólo se había limitado
al plano sexual. El
comportamiento del hostigador
había provocado también malestar
en el personal femenino, que se
había manifestado en forma de
llantos, angustia o comentarios
tales como "no lo aguanto más",
"no quiero estar acá" generados
no sólo por las insinuaciones
sexuales, sino por los retos o
maltratos que dieron lugar a un
proceso de hostigamiento de
orden psicológico.
Es en este punto en el que nos
interesa profundizar el análisis
pues si bien no fue examinado en
el pronunciamiento, ya que -como
lo dijo el magistrado- el tema
había excedido el marco del
despido, se trata de un aspecto
que pone en evidencia que el
proceso de acoso sexual
comprende también actitudes
persecutorias y de maltrato que
están presentes en el acoso
psicológico (fenómeno éste
también llamado "mobbing" ) y
que puede desencadenar un
verdadero proceso de esta
naturaleza en caso de que el
hostigador no logre sus
propósitos libidinosos.
Los autores nacionales ya han
destacado esta posibilidad de
conversión del proceso
explicando cómo sucede.
Hugo Mansuetti, con cita de
Martínez Vivot, señala que el
rechazo a las provocaciones o
propuestas sexuales causa
dificultades en el empleo y
conlleva a persecuciones y
seguimiento de tareas y a la
creación de circunstancias tan
adversas que pueden conducir a
la víctima a la renuncia o a
solicitar un cambio de lugar de
trabajo que no siempre es
concedido . El autor ejemplifica
esta situación con un caso en el
cual la denuncia del acoso
sexual a la máxima autoridad del
área determinó que la
denunciante comenzara a recibir
un trato persecutorio de acoso
moral materializado en el cambio
de modalidades de trabajo, al
ser separada de las tareas
habituales y afectada a otras
tareas más complicadas.
Por su parte, cuando Graciela
Medina analiza la jurisprudencia
extranjera sobre el tema,
rescata un procedente español en
el que se hizo lugar a una
demanda de acoso entre
profesionales que ilustra
claramente cómo el acoso
psicológico puede ser usado para
crear un ambiente hostil para la
víctima como represalia a su
negativa a acceder a los
requerimientos sexuales. En este
supuesto se trataba de una
prestigiosa abogada de
Barcelona, que fue contratada
por una Asesoría Jurídica de
Madrid. Al poco tiempo de
incorporarse la letrada descubre
que la razón última del
ofrecimiento realizado por el
director de la Asesoría Jurídica
estaba dada por sus intenciones
de naturaleza sexual. La abogada
le hizo saber de forma explícita
que no le interesaba tener con
él ninguna otra relación que no
fuese la exclusivamente
profesional. A partir de ese
momento, el director de la
Asesoría Jurídica comenzó a
tratarla de malos modos, con
gritos, insultos y portazos. "Al
final llegaron a un acuerdo en
la Justicia y ella dejó la
empresa con una indemnización,
pero lo hizo sintiéndose vejada,
humillada, desacreditada
profesionalmente y con la moral
por los suelos" .
La explicación de esta mutación
del asedio sexual en un proceso
de hostigamiento psicológico
-que también fue advertida por
la jurisprudencia nacional - se
encuentra en la naturaleza
intrínsecamente insidiosa de las
conductas y en la psicopatía del
victimario, lo cual nos permite
sostener que el acoso sexual es
también una forma de acoso
psicológico, aunque con
propósitos de tendencia
libidinosa, pero con
comportamientos que presentan
idéntico grado de perversidad y
que se sustentan en patrones de
conducta basados en ideologías
socioculturales generalmente
aceptadas. Sobre este
particular, José A. Flores Vera
aclara que es en el ámbito
laboral donde se puede dar la
mayor gama de perversidades del
hombre hacía el hombre,
sencillamente por su espacio
temporal de convivencia forzada,
encuentro y desencuentro
personal, interés económico e
incluso sexual .
Las reflexiones que anteceden y
el fallo que motiva nuestro
comentario nos sirvieron de
punto de partida para tratar de
encontrar y clasificar los
rasgos que presentan ambos
procesos y que se cruzan en el
mismo núcleo que comparten: la
violencia psicológica.
En las líneas que siguen
pretenderemos aportar algunos
análisis que permitan un
acercamiento a las relaciones
existentes entre ellos para
capturar los puntos en los que
confluyen, ya sea desde la
perspectiva de las partes
involucradas, como la del
entorno y la de los
comportamientos que se
desencadenan.
2.- Las partes involucradas a)
El acosador En términos
generales, el problema del acoso
sexual tiene más que ver con las
relaciones de poder que con las
relaciones sexuales, porque la
posición de poder es la que
utiliza el maltratador para
requerir los favores sexuales de
las víctimas. En cambio, el
acosador psicológico, quien
puede o no tener poder, carece
de interés sexual en la víctima
porque, en realidad, lo que
busca es dañarla y/o devaluarla
para luego excluirla de la
organización mediante maniobras
persecutorias de índole
psicológica, denigrando su
dignidad y turbando su
territorio psíquico. En este
caso, se podría decir que la
motivación es la envidia por la
posesión de cualidades de la
víctima que el victimario no
posee o por la necesidad de
buscar un chivo expiatorio para
sus propios fallos, pero
asimismo puede actuar movido por
la venganza personal o
simplemente para satisfacer sus
tendencias psicopáticas.
María J. Edreira advierte que el
perverso narcisista, a quien le
gusta la corrupción, corromper y
los corruptos, cuenta entre sus
colaboradores preferidos al
paranoico, al machista y al
acosador sexual . Destaca
asimismo que el acosador moral
puede llegar a utilizar la
sexualidad para controlar,
humillar, intimidar y degradar
al otro, como una forma de acoso
psicológico realizando
observaciones y comportamientos
sexistas y bromas de contenido
erótico, sexual o pornográfico
con la intención de crear un
clima humillante, intimidatorio
y hostil que afecte a la
estabilidad psíquica de la
víctima. Esta forma de
violencia, que sería lo que se
denomina acoso sexual ambiental,
crea un clima laboral
intimidatorio, hostil o
humillante para el trabajador y
necesariamente repercute de
manera negativa en trabajo.
Aunque no exista una amenaza
concreta de pérdida del trabajo
o desmejoramiento de las
condiciones laborales, esta
forma de acoso moral con
connotaciones sexuales busca que
la víctima abandone el trabajo .
Un ejemplo de esta situación se
puede observar en el filme
"Tierra fría" que relata las
vicisitudes de una trabajadora
de una mina de Minnesota,
Estados Unidos, que fue
hostigada por los compañeros
varones con toda clase de
continuos insultos, actitudes,
abusos y comportamientos
vejatorios de naturaleza
libidinosa. Si bien cuando se
juzgó, el caso fue categorizado
como de acoso sexual, se
advierte claramente que la
persecución tenía la finalidad
de excluirla del ámbito laboral
y presentaba todos los
componentes de la violencia
psicológica de un proceso de "mobbing".
Además, puede advertirse que el
fin perseguido de expulsar a la
víctima de la organización puede
darse incluso en el acoso sexual
a modo de represalia si hay
resistencia o rechazo a los
requerimientos sexuales,
primero, con la amenaza de la
pérdida del trabajo y luego
desarrollando el hostigador una
actitud persistente y abrumadora
que transforma el proceso en una
persecución obsesiva, tal lo
dijimos antes.
Estela Ferreirós dice que el
maltratador moral es un hábil
descalificador, con un
comportamiento habitual que
excede el hecho aislado, pues la
reiteración es lo que va
socavando la autoestima de su
víctima con miras a su
destrucción. Agrega que el
acosador comete pequeños
descuidos, origina trastornos y
confusión con mucho aplomo,
oculta sus actos destructivos
dándoles una apariencia
constructiva y hace que la
víctima se sienta frustrada por
una sucesión de hechos que
aparecen a su alrededor que
generan pequeños
"malentendidos", comentarios
extraños y discusiones o
desacuerdos en momentos
inoportunos .
En ambos procesos, no hay duda
que los acosadores son
maltratadores perversos con
necesidad de control de su
víctima, a punto tal que pueden
ser calificados como verdaderos
depredadores sociales o "social
killers" como también se los
denomina. Son además mentirosos
compulsivos con gran capacidad
de improvisación, que necesitan
del secreto y la vergüenza de la
víctima y hacer que los testigos
sean mudos, ciegos y sordos . Es
que el secreto y el silencio
constituyen la primera línea de
defensa. Si eso falla, el
acosador atacará la credibilidad
de la víctima. Dirá que miente,
que exagera, que se lo buscó.
Cuanto más poderoso sea, más
éxito podrá tener con sus
argumentos .
Precisamente, en el caso que
motivó el fallo en comentario,
el subgerente acosador sostuvo
para defenderse que había sido
"víctima de una confabulación de
una serie de empleadas
disconformes con sus exigencias
laborales y digitadas por el
gerente regional, por razones de
celos".
b) La víctima Tanto en el acoso
sexual como en el psicológico
las víctimas pueden ser tanto
mujeres como hombres, quienes
experimentan un temor fundado
denunciar la situación que
padece, principalmente porque
considera que nadie va a dar
crédito a sus dichos .
Pero a diferencia del acoso
sexual, el "mobbing" parece ser
un proceso más "silencioso" y
sutil en tanto conduce a un
aumento de confusión y a la
disminución de la autoestima de
la víctima, hasta el punto de
sentirse incluso responsable de
lo que sucede. Por esto, la
mayoría de los afectados callan
por miedo a ser juzgados y
etiquetados por los compañeros y
la dirección como
"problemáticos" .
A su vez, como cualquier forma
de violencia, el temor genera un
sentimiento de vergüenza que
silencia a las víctimas, tal
como se indica en el
pronunciamiento que comentamos,
ya que antes de los sumarios
realizados en la empresa, el
acoso sexual no había sido
denunciado por temor de las
afectadas a perder su trabajo.
Allí se expresó que también
quedaron cabalmente acreditadas
las amenazas de cambios en las
condiciones de trabajo y de
cesantías y otras variadas
formas de menoscabo que el
fustigar, desde su posición
jerárquica, había proferido a
las trabajadoras, con el fin de
atemorizarlas y así lograr el
"prolongado y ahogado silencio"
que acompañó su reprochable
comportamiento.
En cuanto a la resistencia que
ofrece la persona afectada, se
advierte que mientras en el
acoso sexual opone una difícil y
dolorosa resistencia que puede
estar modificada por el grado de
debilidad que tenga, en el acoso
psicológico existe una falta de
percepción del proceso de
demolición al que está siendo
sometida, a punto tal que se
produce la admisión involuntaria
de las descalificaciones, lo que
hace que se sienta culpable,
acorralada, sometida,
avergonzada y débil en medio de
un entorno que el acosador va
generando lentamente y que la
deja en un estado de labilidad y
vulnerabilidad .
Pero esta admisión no supone que
la persona no pueda resistirse.
Lo que sucede es que el
mecanismo es diferente. El
ataque se efectúa precisamente a
la propia percepción que la
persona tiene de si misma, con
lo cual se instala la duda y lo
que sigue es un estado de
confusión que la lleva a la
degradación moral cuando admite
en su fuero interno haber
causado el proceso .
Ciertamente existe una
asociación entre la probabilidad
de ser víctima de acoso sexual y
el grado de dependencia
económica y la vulnerabilidad
general de la persona . El
pronunciamiento que comentamos
reseña concretamente que el
hostigador elegía a sus víctimas
por la especial debilidad que
tenían. Una de ellas había
estado con licencia por
enfermedad (por eso, le decía
que si lo denunciaba nadie le
iba a creer porque "…ella había
estado enfermita, que se ahorre
un problema…"). Otra tenía 18
años, ése había sido su primer
empleo formal, tenía a cargo a
su madre -con una enfermedad
mental que la sumió en
depresiones repetidas y la llevó
a reiterados intentos de
suicidio, hospitalizaciones y
tratamientos psiquiátricos
indispensables- y su hermano
menor de edad, además de la casa
hipotecada; otra tenía 22 años,
había venido a vivir a Buenos
Aires desde Misiones, se
encontraba sola y sin saber qué
hacer con su vida, y ese trabajo
era el primero que había
conseguido luego de cinco o seis
meses de desempleo; otra tenía
un hijo, no estaba en pareja y
no estaba en muy buena relación
con su ex marido. Estas
situaciones las llevó a soportar
pasivamente las presiones del
acosador, ante la disyuntiva de
perder sus empleos o la
posibilidad de cambios
desfavorables en sus condiciones
de trabajo.
Como se puede apreciar, la
especial vulnerabilidad llega a
ser un elemento que el acosador
sexual puede evaluar a la hora
de elegir a sus víctimas. Pero
no sucede lo mismo en el acoso
psicológico porque si la persona
agredida no es débil ni
vulnerable, obviamente se
volverá lábil luego de ser
sometida a una persecución
psicológica.
Piñuel, refiriéndose a las
víctimas del "mobbing" dice que
no son culpables de lo que les
pasa ni resultan ser "atractores
extraños" del acoso. Por lo
tanto, agrega, el mito según el
cual serían personas con "rasgos
de dependencia, escasa
asertividad, baja autoestima,
preocupación excesiva por la
opinión y aprobación de los
demás, o paranoicos leves" debe
quedar de una vez desenmascarado
por carecer de fundamentación
científica alguna .
El escaso conocimiento y
percepción de la violencia
psicológica y de sus efectos
impide detectar ambos procesos
de acoso y sobre todo la
verdadera causa del problema que
afecta a la víctima y que
permanece oculta en la propia
organización de trabajo, ya que
no se encuentra en quien la
padece o en factores
psicológicos constitucionales
previos. De esta forma se resta
importancia explicativa a los
aspectos situacionales laborales
tóxicos que los están causando y
que tienen su origen en una
agresión externa, continuada y
mantenida y no en la imaginación
de la víctima.
3.- El entorno El tipo de
entorno laboral hostil que se
genera a consecuencia de estos
procesos de acoso interfiere de
manera ilógica en el trabajo de
las personas ya que afecta el
normal desempeño de la
prestación laboral en tanto se
desenvuelve en un ambiente
permanente de tensión, temor y
desconcierto, tal como lo
confirma el voto del Dr. Maza
cuando puntualiza que las
empleadas víctimas sufrían las
clásicas actitudes de acoso
sexual en las que las
insinuaciones o provocaciones de
esa índole iban acompañadas
también por actitudes
contradictorias que combinaban
episodios de comprensión y
amabilidad con "períodos de
presión".
Examinemos ahora cómo reaccionan
las personas que comparten en el
escenario donde se desenvuelve
el proceso.
Las conductas implicadas en
ambas categorías de acoso pueden
ser más o menos sutiles y
detectables por terceros ajenos
a la victima que no la entienden
y pretenden convencerla de que
es culpable de la situación y
que debe acatarla. Luego pueden
llegar a traicionarla y a
aislarla para evitar problemas
con la dirección de la empresa,
si solidarizarse con ella les
puede ocasionar molestias o
inconvenientes. En una cultura
de silencio como la que vivimos
es frecuente la falta de
solidaridad y el rechazo de los
compañeros, los que, cuando no
son partícipes activos de la
exclusión de un posible
competidor, se transforman en
cómplices mudos.
En el fallo se dice que la
empresa realizó un sumario
previo, con cartas de las
trabajadoras que no sólo
corroboraron los hechos, sino
que los ampliaron y confirmaron
su autenticidad. Ese sumario
había sido abierto con la
transcripción de los
interrogatorios al personal
efectuados en distintas
sucursales en las que se
desempeñaba el subgerente y, de
esta forma, se reunieron
testimonios de mujeres que
"invocaron la situación de haber
sido víctimas de acoso sexual"
por parte de aquél.
Tanto la empresa como los
compañeros de trabajo
reaccionaron contra el acoso en
este supuesto y terminaron
denunciándolo. Sin embargo, no
sucede lo mismo en la mayoría de
los casos pues lo que se observa
usualmente es la inactividad de
la empresa frente las denuncias
de acoso -sea sexual o
psicológico- desentendiéndose
del problema y sin brindar ayuda
efectiva, o lo que es peor,
protegiendo activamente al
acosador lo que ahonda la
sensación de indefensión de la
víctima y contribuye al
desarrollo de un proceso de
revictimización.
A los sentimientos de vergüenza
y humillación que produce todo
proceso violento, puede sumarse
la actitud peyorativa de la
empresa de hacer pasar a la
víctima del acoso como
mentirosa, de dudar de sus
facultades mentales y de apoyar
a los compañeros que
desacreditan a la víctima .
Además, en raras ocasiones
testificarán en contra de un
superior jerárquico. Normalmente
no quieren hablar y tampoco
denuncian el hecho .
Por su parte, si los servicios
asistenciales no comprenden el
problema o su real dimensión y
si los terapeutas ignoran la
patología del fenómeno, terminan
culpabilizando a la víctima y la
hacen responsable, profundizando
más el desamparo en el que está
inmersa. Piñuel y Zabala destaca
el efecto pernicioso sobre la
salud psíquica de la víctima de
estas "terapias positivas" de
corte "culpabilizador" que no
hacen sino cargar las tintas
sobre el papel "protagonista"
que la víctima tiene en la
"fabricación de su propio mal".
También señala que cuando la
victima afectada por estos
procesos tiene que recurrir a
los profesionales de la salud,
por su propio estado de ansiedad
y confusión, es considerada
débil o vulnerable, susceptible,
"problemática" o con diversas
categorizaciones que no hacen
otra cosa que ocultar el
fenómeno del acoso -sobre todo
del psicológico-, dejando a la
persona afectada sin recibir una
atención eficaz y
responsabilizándola de la
situación por padecer un
síndrome que otros le están
causando.
Jorge Corsi señala en un
interesante artículo que los
terapeutas disponen de
instrumentos por los que circula
su poder hacia los pacientes;
uno de ellos es encasillar a la
persona en una categoría
psicopatológica en la que
quedará aprisionada y otro es el
de fijar unilteralmente el
dispositivo terapéutico a
aplicar, frente a los cuales a
los pacientes sólo les queda el
"poder de deserción",
injustamente calificado como
"resistencia", con lo cual se
cierra el círculo de una de las
formas en que la violencia se
manifiesta en esta etapa .
No se puede soslayar además que
el entorno familiar y social
tampoco ayudan a la comprensión
de la situación sino que aumenta
la revictimización. Por lo
general, como el tema no se
conoce, la familia no entiende
qué es lo que está pasando y se
suceden los conflictos, se
rompen los vínculos afectivos
hasta llegar a la separación y/o
el divorcio y la víctima se
introvierte aún más. Lo mismo
acontece con el círculo de
amigos acrecentándose el
aislamiento y el daño a la vida
de relación.
3.- Los comportamientos que
constituyen acoso En el caso que
comentamos el Dr. Maza se
refirió a la "ondulante
actitud", el "comportamiento
cíclico" del empleado despedido,
quien había observado una
conducta que oscilaba entre
"picos" de amabilidad,
corrección y "comprensión", y
"períodos de presión y
hostigamiento sexual" a las
empleadas, que así quedaban
sumidas en un ambiente laboral
de permanente tensión, temor y
desconcierto.
Con esta doble actitud de la que
dan cuenta, en forma
coincidente, las testigos, aquél
buscaba obviamente asegurarse la
impunidad de sus actos.
Veamos ahora concretamente cómo
el acoso sexual combina también
actitudes que están presentes en
el "mobbing".
La violencia psicológica se
puede exteriorizar a través de
amenazas de cambios en las
condiciones de trabajo,
cesantías y otras formas de
menoscabo, como se reconoce en
el pronunciamiento. Se genera de
esta manera un clima laboral
tóxico que tiene la virtualidad
de provocar la indefensión de
los afectados que soportan
pasivamente los ataques a su
dignidad ante la disyuntiva de
perder sus empleos.
Ambos procesos son activos,
constituyen una verdadera
sevicia por los comportamientos
de profunda hostilidad y
sincronización concatenada que
horadan la dignidad y la
autoestima del acosado y pueden
cobijar una gran variedad de
supuestos bajo las formas de
comentarios, actitudes, gestos y
manipulaciones ambientales y
psicosociales.
En el acoso sexual son
características las conductas
que el fallo destaca, esto es,
las alusiones que el acosador
hacía al cuerpo de las víctimas,
las propuestas sexuales, las
bromas que trascendían cualquier
contenido que se le asigne a la
palabra humor, los actos físicos
que importan una intromisión en
la intimidad de las personas y
todas las actitudes, que más
allá de su connotación sexual,
importan un ataque a la dignidad
de las personas que trabajan,
como el "menosprecio,
sometimiento, amenaza y
violencia psicológica" que
señala el Dr. Maza en su voto.
La habitualidad es la
característica de estas formas
de violencia por cuanto son
procesos que requieren conductas
persistentes y reiteradas y por
lo tanto no comprenden una
agresión sexual ni un hecho o
conflicto aislados.
La discriminación también está
presente en ambos casos porque
el afectado recibe un
tratamiento de disfavor
violándose la igualdad de trato
y el art. 16 de la Constitución
Nacional. El acoso sexual puede
ejercerse explícita o
implícitamente como determinante
del acceso a un derecho o
beneficio y si se rechazan las
propuestas, la consecuencia es
privar al afectado de los
beneficios laborales que otros
reciben en igualdad de
circunstancias.
Tanto en el acoso sexual como en
el psicológico es necesario que
los comportamientos que
involucran no sean bienvenidos
por la víctima porque se trata
de conceptos subjetivos. El
factor determinante no depende,
pues, de la intención de la
persona culpable, sino de la
víctima, quien determina si una
conducta es humillante o importa
vejamen o insulto para ella.
Tampoco interesa si hubo antes
un consentimiento, porque una
vez que éste es retirado, las
conductas constituyen acoso
sexual u hostigamiento
psicológico.
En el asedio sexual la reacción
airada de la víctima, así como
su incomodidad y desagrado ante
los requerimientos son indicios
racionales de que tal conducta
no era deseada ni deseable. No
siendo exigible que reaccione de
inmediato y con especial
contundencia, basta una señal
del carácter no querido de tal
conducta para deshacer cualquier
equívoco o ambigüedad al
respecto. La voluntad de la
persona afectada de no perder el
puesto de trabajo; la esperanza
de que esta situación termine y
el lógico temor que produce
desvelar y hacer públicas
situaciones de esta naturaleza,
justifican más que sobradamente
que en muchas ocasiones el acoso
sexual se soporte en silencio,
pese a ser absolutamente
indeseado y de ninguna forma
tolerado o consentido .
4.- Reflexiones finales El fallo
juzga con precisión una
situación bastante común en los
ámbitos de trabajo actuales que
todavía es escasamente
denunciada. Indudablemente los
hechos denunciados revistieron
suficiente gravedad para
justificar el despido del
demandante, por cuanto su
conducta implicó un tratamiento
vejatorio y atentatorio al
respecto de la intimidad y
dignidad de las dependientes, la
que se vio agravada por su
relación de superioridad
jerárquica, subgerente de una de
las sucursales de la empresa.
La actitud de despedir al
acosador que había comprometido
la responsabilidad de la
empresa, quien debe velar por la
dignidad de los trabajadores,
puso de manifiesto que ésta no
consentía tales prácticas, lo
cual es muy loable.
Pero no parece necesario llegar
al despido disciplinario si las
empresas utilizan diferentes
estrategias preventivas, tales
como establecer códigos de
conducta y buenas prácticas,
poner en marcha campañas
informativas y articular
procedimientos y fórmulas para
solucionar eventuales
situaciones de acoso. También se
deben desarrollar guías sobre
cómo organizar el trabajo y
mejorar la comunicación para
tener herramientas que permitan
percibir los indicadores de los
problemas y atacarlos para
lograr un substancial cambio
cultural en la interacción y
para crear conciencia del
fenómeno de la violencia laboral
en cualquiera de sus formas.
Tal como lo venimos diciendo en
nuestros trabajos, la violencia
es cultural y tiene remedio. La
reorientación de la cultura debe
estar encaminada a desarrollar
tareas de difusión y de
sensibilización, poniendo
siempre el acento en la
prevención. La anticipación es
esencialmente un medio eficaz
para neutralizar perjuicios no
causados o reducir los efectos
nocivos de los ya causados y
tiene un justificativo ético (la
preservación de la vida y la
integridad psicofísica de los
trabajadores), económico (evitar
los costos laborales) y
sociológico (conformación de una
cultura humanizante y dinámica
que genere un quehacer activo,
integrador, solidario y
cooperativo).
Si a ello se suma el valor de
los individuos que se atreven a
hacer frente a la violencia, a
la ignorancia y a las
convenciones injustas, se podrá
lograr, como dice José A. Flores
Vera, que el lugar de trabajo
sea el espacio adecuado de
comprensión y buena convivencia
que debe ser .
Dra. Patricia Barbado
Presidenta de la Fundación Magna
para la Promoción de la Dignidad
en el Trabajo
fmagna@speedy.com.ar
Gentileza:: Patricia Barbado
[patriciabarbado@speedy.com.ar]
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